Artículo7. Derechos. La presidenta o presidente de Canarias, en razón de su cargo, goza de los derechos que le otorguen las leyes y, en todo caso, de los siguientes: a) Utilizar la bandera y el escudo de Canarias como guión. b) Recibir los honores que le correspondan, con arreglo a las normas vigentes en la materia.
Porsu parte, la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Este ayuntamiento ha adaptado, complementado e incorporado a su normativa la referida orden, mediante una Instrucción MunicipalZonaEspecial Canaria (ZEC): requisitos y beneficios Trámites legales para completar con éxito el proceso de adquisición una vivienda El heredero ante la herencia con deudas. Opciones legales El Brexit y las vacaciones en las Islas Canarias ¿Qué son las tarjetas revolving? Real Decreto-ley 21/2021, de 26 de octubre, por el que se prorrogan
Sejuegan tres manos, ganando la ronda y dos piedras el equipo que gane dos de las tres manos. Las cartas del palo que salga se denominan «chilasco” o «de lo virado». El envío Al cantar en envío, se reta alxuUOE3j.